Primeras acciones en la justicia contra la censura de la JCE a las encuestas
La organización Justicia sin Fronteras presentó, de manera simultánea, una solicitud de medida cautelar y un recurso contencioso electoral en nulidad contra la Resolución 14-2026

La ofensiva judicial contra el reglamento de encuestas aprobado por la Junta Central Electoral (JCE) comenzó ayer con dos acciones sometidas ante el Tribunal Superior Electoral (TSE) por la entidad Justicia Sin Fronteras.
La organización presentó, de manera simultánea, una solicitud de medida cautelar y un recurso contencioso electoral en nulidad contra la Resolución 14-2026, mediante la cual la JCE reguló el registro de firmas encuestadoras y la publicación de sondeos electorales.
- El núcleo del conflicto jurídico gira en torno al artículo décimo tercero del reglamento, que limita la difusión de encuestas fuera del período formal de precampaña y campaña electoral. Según los accionantes, la JCE excedió sus facultades reglamentarias al imponer restricciones que -afirman- no están previstas en la Ley 20-23 sobre Régimen Electoral.
La medida cautelar procura suspender de inmediato la aplicación de la disposición mientras el tribunal conoce el fondo del litigio. Justicia Sin Fronteras sostiene que permitir la vigencia del reglamento durante el proceso produciría daños irreparables al debate democrático y al derecho ciudadano a recibir información política. En ese sentido, argumenta que la normativa genera un “efecto inhibitorio” y fomenta la autocensura en medios de comunicación, analistas y firmas encuestadoras, debido a la amenaza de sanciones administrativas, suspensión temporal y cancelación registral.
El recurso fue sometido por el abogado Harrison Féliz, quien invoca los principios jurídicos de periculum in mora -el riesgo de daño mientras se decide el caso- y fumus boni iuris, es decir, la apariencia de fundamentos jurídicos plausibles. La demanda sostiene que la administración electoral solo puede desarrollar la ley, no ampliarla ni sustituirla mediante reglamentos.
Los accionantes alegan además que la propia legislación electoral ya establece limitaciones específicas para la difusión de encuestas, particularmente en los ocho días previos a las votaciones, por lo que la JCE carecería de competencia para extender esas restricciones a etapas preelectorales completas.
Denuncia resolución viola derechos
La instancia también denuncia violaciones al principio de legalidad, a la jerarquía normativa y a derechos fundamentales como la libertad de expresión y el acceso a la información. En sus conclusiones, Justicia Sin Fronteras solicita al TSE declarar nulo el artículo impugnado, detener cualquier sanción derivada de su aplicación y reconocer que las encuestas forman parte legítima del pluralismo democrático protegido por la Constitución y los tratados internacionales.
En el caso de la resolución de la Junta Central Electoral sobre encuestas, el Tribunal Superior Electoral podría pronunciarse inicialmente sobre la solicitud cautelar -valorando la posible afectación a derechos fundamentales- y luego decidir en sentencia definitiva si el reglamento viola o no la Constitución y la Ley Electoral.


