×
Versión Impresa
Día Jueves, 19 de Febrero de 2026 Edición 7251.
Secciones
Última Hora
Podcasts
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Herramientas
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Redes Sociales
reforma laboral
reforma laboral

Los cambios más relevantes de la reforma laboral que estudia el Congreso

La reforma laboral está pendiente de una aprobación en segunda discusión en la Cámara de Diputados antes de volver al Senado

Expandir imagen
Los cambios más relevantes de la reforma laboral que estudia el Congreso
Comisión de diputados que analizó la reforma laboral durante más de seis meses. (FUENTE EXTERNA)

Después de más de un año y medio dando vueltas en el Congreso Nacional, el proyecto de la reforma laboral está a punto de ser aprobada en ambas cámaras legislativas, impactando más de 60 artículos del actual Código de Trabajo.

Entre los cambios más relevantes figuran nuevas disposiciones sobre acoso laboral, teletrabajo, licencias, trabajo doméstico, jornadas extendidas, procesos judiciales laborales y mayores facultades de supervisión para el Ministerio de Trabajo.

La reforma laboral fue depositada en octubre de 2024 en el Senado, luego de que el Gobierno y distintos sectores presentaran en agosto de ese mismo año varios puntos consensuados en el marco del diálogo tripartito.

Uno de esos puntos consensuados fue la incorporación del teletrabajo, una modalidad que quedaría incluida formalmente en el Código de Trabajo. En agosto de 2024, el entonces ministro de Trabajo, Luis Miguel De Camps, aseguró que esta modalidad busca responder “al mundo laboral actual” y atraer nuevos talentos.

Licencia por paternidad y otros aspectos

Otro de los puntos consensuados que sí quedó incluido en la reforma es el aumento de la licencia por paternidad. El artículo 54 del Código de Trabajo actualmente establece dos días laborables y la modificación la eleva a cuatro días.

También fue incluido dentro de la reforma el aumento de un día en las vacaciones de los trabajadores que ya había sido consensuado así. El nuevo texto eleva de 14 a 15 los días de vacaciones establecidos en el artículo 177 del Código de Trabajo.

Expandir imagen
Infografía

En materia de trabajo doméstico, la reforma introduce uno de los cambios más amplios de todo el proyecto. El nuevo régimen establece que la comida y alojamiento ya no formarán parte del salario para fines de cálculo de derechos laborales, prohíbe contratar menores de 16 años y obliga a que los trabajadores domésticos de entre 16 y 18 años puedan asistir a la escuela o recibir formación profesional.

Además, fija jornadas máximas de ocho horas diarias y 44 horas semanales, reconoce el descanso semanal de 36 horas consecutivas y mantiene derechos como vacaciones, salario de Navidad y protección de maternidad.

Este punto también formó parte de los acuerdos consensuados en 2024. En ese momento, el Gobierno explicó que los cambios buscaban adecuar la legislación dominicana al Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), relativo a la protección de los trabajadores domésticos.

El acoso laboral

La reforma también incorpora por primera vez el acoso laboral o “mobbing” como causa tanto de despido como de dimisión. El nuevo texto permite despedir a trabajadores que incurran en conductas “abusivas, repetidas y hostiles” contra compañeros o superiores, mientras que también habilita a un empleado a renunciar con todos sus derechos si demuestra que ha sido víctima de acoso laboral.

Otro cambio está relacionado con las suspensiones de contratos de trabajo. El artículo 51 agrega los estados de excepción como causa de suspensión laboral, mientras que el artículo 56 crea un mecanismo mediante el cual, si el Ministerio de Trabajo no responde dentro del plazo establecido a una solicitud de suspensión, el empleador podrá notificar directamente la suspensión y el ministerio tendrá cinco días adicionales para decidir.

La reforma también modifica las reglas sobre jornadas laborales. El nuevo artículo 162 permitirá establecer jornadas de hasta 12 horas diarias mediante acuerdo entre el empleador y más del 50 % de los trabajadores o el sindicato, aunque el promedio semanal no podrá exceder las 44 horas, como sucede actualmente.

Sobre las propinas en hoteles, bares y restaurantes

El proyecto también cambia el artículo 155 para aumentar de 80 a 120 horas extraordinarias trimestrales el límite permitido de horas extras. Además, cambia las reglas sobre las propinas en hoteles, bares y restaurantes, estableciendo que ya no deberán distribuirse íntegramente entre todo el personal, sino tomando en cuenta el nivel de contacto directo que haya tenido cada trabajador con el cliente, excluyendo además al personal gerencial y administrativo.

Otra variación al código actual es que las compensaciones económicas otorgadas por muerte del empleado, discapacidad, cierre de empresa u otras causas no estarán sujetas al pago de impuestos ni a embargos.

En cuanto a los procesos judiciales laborales, la propuesta cambia las reglas para suspender la ejecución de sentencias mientras son apeladas. Actualmente, la parte condenada debe consignar el doble del monto impuesto por el tribunal; con la reforma solo deberá depositar el monto exacto de la condena.

La reforma también establece que las causas de despido y dimisión deberán describirse con precisión y no de forma genérica. El juez laboral podrá considerar injustificado un despido o dimisión cuando se invoquen causales sin base fáctica suficiente.

Otro cambio importante está relacionado con la digitalización de los procesos laborales. La reforma permitirá remitir contratos y documentos de manera digital ante el Ministerio de Trabajo y reconoce validez jurídica y fuerza probatoria a comprobantes electrónicos, recibos digitales y volantes de pago.

En materia de supervisión y sanciones, la reforma fortalece las capacidades del Ministerio de Trabajo. El nuevo régimen reorganiza las infracciones laborales en leves, graves y muy graves, crea multas diferenciadas según el tamaño de la empresa y establece un procedimiento previo de advertencia antes de imponer sanciones.

Este fortalecimiento de la supervisión laboral también fue uno de los puntos consensuados en agosto de 2024. En ese momento, el exministro De Camps afirmó que era necesario reforzar la capacidad de fiscalización para garantizar el cumplimiento de normas como el 80/20 en la contratación laboral (80 % de trabajadores dominicanos y 20 % extranjeros) y mejorar la supervisión del mercado de trabajo.

Entre otros cambios, la reforma incluye la protección expresa contra la discriminación por discapacidad, permite pagos salariales mediante transferencias bancarias, regula nuevos descuentos autorizados al salario y amplía las funciones de inspección y registro del Ministerio de Trabajo.

La pieza también crea nuevas disposiciones sobre empleo, inspección laboral y funcionamiento de los tribunales de trabajo, incluyendo la creación de juzgados laborales en todas las provincias y el establecimiento de plazos para reducir la duración de los procesos judiciales laborales.

Proceso legislativo casi completo

Actualmente, la reforma laboral solo espera una aprobación en segunda discusión en la Cámara de Diputados antes de volver al Senado para una única aprobación. Si todo el proceso legislativo se ejecuta sin trabas, la modificación al Código de Trabajo iría al Poder Ejecutivo para su observación o promulgación.

TEMAS -

Periodista dominicano. Escribe sobre temas legislativos y políticos.