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La seguridad también es un derecho: ¿quién protege a quienes cumplen la ley?

La dimensión constitucional de la seguridad y el valor inestimable de la vida

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La seguridad también es un derecho: ¿quién protege a quienes cumplen la ley?
Tecnología, inteligencia preventiva y el futuro de la seguridad pública (GENERADA CON IA)

La seguridad ciudadana suele aparecer en el debate público cuando ocurre un crimen que conmociona a la sociedad. Entonces hablamos de endurecer las penas, aumentar el patrullaje, colocar más policías en las calles o construir nuevas cárceles. Pero quizás estamos mirando el problema desde el lugar equivocado. La pregunta constitucional no debería ser solamente cómo castigar al que delinque, sino algo mucho más profundo: ¿qué está haciendo el Estado para garantizar que una persona pueda vivir, trabajar, caminar, emprender, formar una familia y regresar a su casa sin que su vida dependa de la suerte?

Porque de poco sirve alcanzar metas profesionales, comprar una vivienda, construir un patrimonio, abrir un negocio o trabajar durante toda una vida si en cuestión de segundos una persona puede perderlo todo como consecuencia de un acto criminal. Hay bienes jurídicos que, una vez destruidos, no pueden ser restituidos. Una vida no se devuelve. Una familia no recupera a quien fue asesinado. La tranquilidad de una comunidad tampoco se reconstruye simplemente con estadísticas.

La Constitución dominicana coloca a la persona y su dignidad en el centro del ordenamiento jurídico, mientras que su artículo 255 atribuye a la Policía Nacional la misión de salvaguardar la seguridad ciudadana, prevenir y controlar los delitos, perseguir e investigar las infracciones penales y proteger el libre ejercicio de los derechos y la convivencia pacífica. Por eso, hablar de seguridad ciudadana no es hablar únicamente de política criminal. Es hablar de constitucionalismo.

Luigi Ferrajoli ha desarrollado una concepción garantista en la que los derechos fundamentales funcionan como límites y obligaciones frente a los poderes públicos, y sostiene que el Estado debe garantizar los derechos también frente a los poderes privados y a quienes pueden vulnerarlos. Esa perspectiva es indispensable, pero también nos obliga a formular otra pregunta: ¿qué ocurre cuando el Estado, por proteger correctamente las garantías del imputado, termina siendo incapaz de proteger eficazmente a la víctima y a la sociedad?

La respuesta no puede ser escoger entre los derechos de unos y los derechos de otros. El Estado constitucional tiene que proteger a ambos. El delincuente tiene derecho al debido proceso, a la vida, a la integridad y a la defensa. Pero la víctima tiene derecho a la vida, a la integridad, a la propiedad, a la tutela efectiva y a vivir en una sociedad donde el Estado sea capaz de prevenir y perseguir el delito. Una cosa no elimina la otra.

Por eso tampoco podemos caer en la peligrosa idea de que la única respuesta frente a la criminalidad es permitir ejecuciones extrajudiciales. Que una persona sea señalada como delincuente no convierte automáticamente a la Policía en juez, tribunal y verdugo. El Estado constitucional no puede combatir la criminalidad convirtiéndose él mismo en una fuente arbitraria de violencia. El uso de la fuerza policial debe estar sometido a la ley, a la necesidad, a la proporcionalidad y al control institucional. La propia Policía reconoce que la fuerza letal constituye el último recurso y que su actuación debe desarrollarse dentro del respeto a los derechos fundamentales.

La respuesta correcta no es menos Estado de derecho, sino un Estado de derecho mucho más eficaz. Pero tampoco podemos caer en el otro extremo: una concepción de los derechos humanos que termine mirando exclusivamente al autor del delito y olvide a quien perdió la vida, fue herido, asaltado, extorsionado o tuvo que cerrar su negocio por miedo. Los derechos humanos también tienen rostro de víctima.

La República Dominicana, además, no parte de cero. Las autoridades han reportado avances en materia de seguridad, incluyendo una reducción de homicidios y una estrategia que combina prevención, inteligencia, reforma institucional, control territorial y participación comunitaria. Ese dato debe reconocerse porque una discusión seria sobre seguridad no puede construirse ignorando los avances institucionales. Pero una reducción estadística no significa que el problema haya desaparecido ni que el Estado pueda conformarse.

El desafío ahora es construir una política de seguridad mucho más inteligente. Tenemos tecnología suficiente para hacerlo. Las cámaras de seguridad ya no deberían concebirse solamente como instrumentos para revisar quién cometió un delito después de ocurrido. Deben integrarse, con las debidas garantías legales, en verdaderos centros de análisis criminal capaces de detectar patrones, identificar zonas de riesgo, reconstruir rutas de escape y generar alertas tempranas.

El Sistema 911 continúa ampliando su cobertura y alcanzó el 94 % de la población nacional. ¿Por qué no llevar esa capacidad mucho más lejos? ¿Por qué no construir una verdadera red nacional de inteligencia preventiva contra el crimen, sometida naturalmente a controles judiciales, legales y democráticos? Una red donde confluyan información criminal, análisis territorial, cámaras públicas y privadas conectadas bajo reglas claras, inteligencia financiera, investigación de armas, análisis de patrones y herramientas de inteligencia artificial, siempre respetando la privacidad, el debido proceso y las garantías constitucionales.

La inteligencia artificial puede ayudar a identificar patrones, pero no debe convertirse en juez. Puede generar alertas, pero no condenar personas. Puede ayudar a investigar, pero sus resultados deben estar sometidos a controles humanos y jurídicos.

Y hay otro asunto que considero todavía más importante: la seguridad del ciudadano comienza por la integridad de quienes tienen la responsabilidad de garantizarla. No sería serio afirmar que todos los policías son corruptos. Sería injusto con miles de agentes que arriesgan diariamente su vida. Pero tampoco sería serio negar que cualquier institución que combate estructuras criminales necesita mecanismos extraordinariamente fuertes para detectar y expulsar la corrupción interna.

La Policía Nacional cuenta con una Dirección de Asuntos Internos encargada de investigar violaciones al ordenamiento legal, uso excesivo de la fuerza, faltas éticas y actos de corrupción dentro de la institución, y la propia Ley 590-16 establece mecanismos para que, cuando aparezcan indicios de una infracción penal, el Ministerio Público asuma la dirección correspondiente. El problema, entonces, no es solamente crear órganos de control. Es garantizar que tengan independencia, tecnología, recursos, capacidad investigativa y suficiente fortaleza para investigar a cualquiera, sin importar rango, apellido, amistad o influencia política. Un coronel debe poder ser investigado. Un general debe poder ser investigado. Un empresario debe poder ser investigado. Un político debe poder ser investigado. Un policía debe poder ser investigado. Un fiscal debe poder ser investigado. Un abogado también, cuando existan indicios de una conducta delictiva. No porque todos sean sospechosos, sino precisamente porque nadie debe estar por encima de la ley.

También debemos terminar con una práctica cultural que resulta profundamente dañina: la llamada telefónica para intervenir en favor de alguien que acaba de ser detenido. Si existe una infracción, la investigación debe seguir su curso. Si no existe, debe ser liberado conforme a la ley. Pero el teléfono de un político, de un empresario o de una persona influyente no puede convertirse en una instancia paralela de justicia. El verdadero poder de un Estado no consiste en que una llamada pueda sacar a alguien de un problema. Consiste en que nadie necesite hacer una llamada para que la ley se cumpla.

Y debemos hablar también de nuestros barrios, nuestras escuelas, nuestras familias y nuestros jóvenes. La seguridad no se construye únicamente con patrullas. Se construye evitando que el crimen organizado encuentre permanentemente nuevos reclutas. Educación, empleo, deporte, oportunidades, recuperación de espacios públicos y prevención deben formar parte de la política criminal.

Pero prevención tampoco significa ingenuidad. Una sociedad democrática debe ser capaz de distinguir entre el joven que necesita una oportunidad y la estructura criminal organizada que deliberadamente utiliza jóvenes para cometer delitos. A estas estructuras hay que perseguirlas con inteligencia, investigación financiera, cooperación institucional y todo el peso de la ley.

La República Dominicana es un país pequeño. Precisamente por eso debería ser posible construir un sistema de seguridad mucho más integrado. Podemos saber dónde ocurren los delitos, cómo se movilizan determinadas estructuras, cuáles son las zonas de mayor incidencia y qué patrones se repiten. Podemos utilizar tecnología para anticiparnos al delito sin convertir nuestras ciudades en espacios de vigilancia arbitraria.

La seguridad tampoco debe convertirse en enemiga de los derechos humanos. La seguridad es una condición para que los derechos puedan disfrutarse. Porque ¿de qué sirve el derecho a la propiedad si una persona no puede regresar tranquilamente a su casa? ¿De qué sirve la libertad de empresa si el comerciante vive sometido a extorsiones? ¿De qué sirve la libertad de tránsito si determinadas zonas se vuelven inaccesibles por la delincuencia? ¿De qué sirve hablar de dignidad humana si una familia vive permanentemente aterrorizada?

El desafío constitucional del siglo XXI no consiste en escoger entre seguridad y libertad. Consiste en demostrar que podemos tener ambas. Y quizás aquí está la discusión que todavía nos falta: no necesitamos una Policía que simplemente llegue después de que ocurra el delito. Necesitamos una Policía capaz de anticiparse; un Ministerio Público capaz de investigar estructuras y no solamente individuos; jueces capaces de garantizar derechos y al mismo tiempo hacer efectiva la justicia; organismos de inteligencia capaces de detectar corrupción y crimen organizado; y ciudadanos capaces de exigir resultados sin renunciar a la Constitución.

Porque la lucha contra la delincuencia no puede convertirse en una guerra contra los derechos fundamentales. Pero tampoco podemos convertir los derechos fundamentales en una excusa para que la sociedad quede indefensa. El Estado constitucional tiene que proteger al que delinque frente al abuso del poder, pero también tiene que proteger al ciudadano honesto frente al poder del delincuente. Ahí está el verdadero equilibrio. Y si queremos construir un país seguro, debemos entender de una vez por todas que la seguridad no es un privilegio que el Estado concede; es una condición indispensable para que la dignidad, la libertad y los demás derechos puedan vivirse realmente.

TEMAS -

Abogado con una sólida formación jurídica, licenciado en Derecho por la Universidad Tecnológica de Santiago (UTESA) y con un postgrado en Derecho Procesal Constitucional de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), Primada de América. Ha complementado su preparación académica con diversos cursos, diplomados y la participación en congresos y seminarios internacionales. A lo largo de su trayectoria profesional, ha colaborado con reconocidas firmas y desarrollado una práctica orientada a la excelencia, la ética y la defensa de los derechos ciudadanos.