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Cuidado: esto te puede pasar a ti aunque solo estés haciendo tu trabajo

Durante años, su trabajo había consistido en representar clientes, reclamar deudas, documentar acuerdos y cobrar honorarios por una gestión profesional

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Cuidado: esto te puede pasar a ti aunque solo estés haciendo tu trabajo
Imagen ilustrativa de un espacio de trabajo de abogado (FOTO DE CANVA)

Es un abogado que sencillamente hace su trabajo, evade temas penales y prefiere los civiles. No estaba investigando una red criminal. No estaba detrás de una operación financiera clandestina. No tenía acceso al sistema interno de una entidad bancaria ni control sobre las cuentas desde las cuales saldría el dinero que terminaría cambiando su vida.

Había sido contratado para cobrar una deuda.

Cronología del caso

Esa fue la puerta de entrada.

El expediente judicial reconstruye que existía una relación profesional entre abogado y cliente, respaldada por documentos, actos notariales, acuerdos de honorarios y actuaciones de cobro. Cuando llegó el momento del pago, varias transferencias pasaron por la cuenta del abogado. Él remitió el 90 % a su cliente y retuvo el 10 % correspondiente a sus honorarios.

Hasta ahí, una operación profesional.

Pero detrás del dinero había algo que él, según concluyeron posteriormente los tribunales, no sabía.

Los fondos estaban vinculados a un fraude bancario.

Una persona había sido suplantada. Se habían modificado datos sensibles de una cuenta. Después comenzaron las transferencias. El dinero fue desplazándose entre diferentes beneficiarios y sociedades.

Y en ese recorrido apareció su nombre. No había entrado al sistema informático, ni cambió claves o suplantó identidad. Pero el dinero cayó en su cuenta.

Ese hecho bastó para incorporarlo a una investigación penal de grandes dimensiones.

De pronto, el abogado que cobraba una deuda pasó a compartir expediente con personas acusadas de asociación de malhechores, delitos de alta tecnología, estafa y lavado de activos.

El procedimiento comenzó entonces a operar con una lógica implacable: el dinero era ilícito, había llegado a su cuenta y, por tanto, había que determinar si quien lo recibió formaba parte de la operación.

  • Pero había una pregunta que la acusación necesitaba responder y que terminaría definiendo todo el caso: ¿Sabía él de dónde provenía ese dinero?

El juicio llegó hasta un tribunal colegiado.

Allí fueron examinadas transferencias, documentos, relaciones comerciales y la actuación profesional del abogado. Al final, los jueces encontraron una diferencia fundamental entre recibir dinero y participar conscientemente en un delito.

La acusación no había demostrado lo segundo.

El tribunal lo declaró no culpable y lo descargó de toda responsabilidad penal porque la prueba presentada no permitió establecer la acusación más allá de toda duda razonable.

Decisiones judiciales

La entidad bancaria que figuraba como víctima recurrió la absolución. El caso subió a la Corte de Apelación. Otra vez hubo que explicar la misma historia. Que existía una deuda. Que él era abogado de una de las partes. Que su participación consistía en cobrar. Que recibió los pagos.

Que transfirió el 90 % al cliente. Que conservó el 10 % por concepto de honorarios.

Y, sobre todo, que nadie había demostrado que supiera que aquel dinero tenía un origen fraudulento.

La Corte de Apelación volvió a absolverlo. Para los jueces, las transferencias demostraban que el dinero había pasado por sus cuentas, pero no permitían concluir que hubiera conocido el fraude ni participado voluntariamente en él. La absolución quedó confirmada.

Pero el expediente llegó a la Suprema Corte de Justicia. Para entonces, el proceso ya tenía otra dimensión. No era únicamente la discusión jurídica sobre unas transferencias. Era la experiencia de una persona obligada a defender repetidamente una actuación que había realizado en el ejercicio de su profesión.

Y en la audiencia de casación ocurrió algo todavía más desconcertante.

La defensa escuchó al Ministerio Público formular conclusiones que alcanzaban al abogado.

Sus representantes reaccionaron inmediatamente.

Dijeron ante los jueces que jamás habían recibido notificación de un recurso del Ministerio Público contra él. Sostuvieron además que la acusación pública no había recurrido oportunamente su absolución.

Aquello significaba que estaban escuchando, dentro de la propia audiencia, una pretensión contra la cual no habían preparado una defensa porque, sencillamente, desconocían que existiera.

La defensa tuvo que responder de inmediato. Pidió que cualquier recurso de ese tipo fuera declarado inadmisible. Argumentó que la absolución ya había adquirido firmeza frente al Ministerio Público porque esa institución no la había recurrido.

Entonces la Suprema revisó el expediente.

Y encontró algo determinante. Ese recurso no existía.

El Ministerio Público había presentado casación contra otros imputados, no contra el abogado.

La propia Suprema Corte dejó establecido que las conclusiones formuladas oralmente durante la audiencia no podían ampliar el alcance del recurso escrito.

La situación jurídica del abogado únicamente podía ser examinada a partir del recurso presentado por la entidad bancaria.

La entidad financiera insistió en que la recepción del dinero, los honorarios retenidos y las relaciones entre los involucrados permitían cuestionar la absolución.

La defensa respondió con una idea que atravesó todo el expediente: la trazabilidad del dinero demuestra por dónde pasó el dinero, pero no necesariamente lo que sabía una persona cuando lo recibió.

Los tribunales habían comprobado la relación profesional. También que el 90 % de las sumas recibidas fue enviado al cliente y que el abogado retuvo el 10 % correspondiente a sus honorarios.

La cuestión penal no era si recibió dinero. Eso estaba claro. Era si conocía su origen ilícito.

Y esa prueba nunca apareció.

La Suprema revisó nuevamente las decisiones anteriores y encontró que la vinculación directa del abogado con el hecho descansaba esencialmente en las transferencias en las que aparecía como beneficiario. Los jueces concluyeron que aquello no era suficiente para destruir la presunción de inocencia.

Recibir los fondos no probaba conocimiento del fraude.

Tampoco participación consciente.

La explicación profesional continuaba siendo compatible con las pruebas presentadas.

El 30 de septiembre de 2026, la Segunda Sala de la Suprema Corte cerró finalmente el recorrido.

Los recursos fueron rechazados.

La absolución quedó firme.

Impacto personal

Pero hay una parte de esta historia que no aparece en la sentencia.

Los tribunales pueden cerrar un expediente. Internet no.

Durante todos esos años, y todavía hoy, el hombre absuelto sigue intentando recuperar algo que ninguna decisión judicial devuelve automáticamente: su nombre.

Según relata, sus cuentas fueron embargadas durante el proceso. También perdió clientes.

  • Personas que buscaban sus servicios profesionales encontraban primero su identidad asociada en internet a un caso de robo, fraude y delitos financieros. Para alguien cuya actividad depende de la confianza, la diferencia entre haber sido acusado y haber sido finalmente absuelto no siempre aparece en una búsqueda rápida.

El buscador puede seguir mostrando acusado. Para él, ese desfase se convirtió en otra condena. Asegura además que durante años tuvo que convivir con una inestabilidad emocional constante: esperar audiencias, responder imputaciones, preparar defensas, enfrentar el temor de una posible condena y tratar de conservar una vida profesional mientras su nombre circulaba públicamente ligado a delitos que los tribunales terminaron sin poder atribuirle.

También sostiene que colaboró con las autoridades desde la investigación inicial.

Según su versión, el Ministerio Público conocía su cooperación, sabía que su participación estaba relacionada con una gestión profesional y llegó incluso a darle garantías sobre cómo sería valorada su situación.

Pese a ello, fue sometido.

Ya no intenta convencer a un tribunal de que no participó en el delito. Intenta que esa absolución tenga efecto fuera de los tribunales. Que cuando alguien escriba su nombre no encuentre primero una acusación.

Que una investigación que terminó sin condena no continúe definiendo su carrera.

TEMAS -

Periodista dominicano. Ha trabajado en los periódicos Diario Libre, El Caribe y Listín Diario donde ha ejercido cubriendo las fuentes de deportes y ciudad. Ha trabajado en radio, televisión y proyectos digitales.