¿Es necesario pedir permiso a Interior y Policía para protestar o manifestarse?
El “permiso” es solo informar a la autoridad para garantizar la seguridad de los convocantes y el orden público. La constitución es clara en que no hay que pedir permiso, es un derecho ciudadano

“Toda persona tiene el derecho de reunirse, sin permiso previo, con fines lícitos y pacíficos, de conformidad con la ley”, de esta manera la Constitución dominicana (proclamada el 27 de octubre de 2024) en su artículo 48 garantiza el derecho a la libre manifestación o protesta de los ciudadanos dentro del marco del respeto a la Constitución y a las leyes.
Sin embargo, las autoridades, especialmente la Policía Nacional y el Ministerio de Interior y Policía, solicitan ser notificados antes de realizar cualquier manifestación o protesta pública alegando la preservación del orden público y el respeto a los derechos de todos y todas.
A propósito de los incidentes ocurridos este miércoles durante una manifestación de miembros de la Asociación Nacional de Profesionales Agropecuarios (ANPA), que fue dispersada por agentes policiales con bombas lacrimógenas cuando se dirigía al Palacio Nacional para reclamar diversas reivindicaciones del sector, y que dejó al menos dos personas afectadas, Diario Libre consultó a varios profesionales del Derecho para esclarecer si la actuación de las autoridades se ajusta a lo establecido en la Constitución dominicana o si, por el contrario, podría constituir una vulneración de derechos fundamentales, especialmente en lo relativo a la libertad de reunión y manifestación pacífica.
El Ministerio de Interior y Policía sostuvo que la marcha no contaba con la autorización correspondiente para su realización.
¿Es esto correcto o atenta contra los Derechos Fundamentales de los ciudadanos?
Según indicó el abogado Julio Cury, lo que pide tanto la Policía Nacional como el Ministerio de Interior y Policía no es un permiso, sino que más bien se les avise a las autoridades para que puedan preparar el terreno donde se va a realizar la manifestación.
De esta manera se puede garantizar el respeto a los derechos de los manifestantes, como de aquellos que no estén protestando.

“Si dependiera de un permiso, el derecho dejaría de existir, pues podría negársele a los que protesten en contra del gobierno. Ahora bien, lo que se exige es una notificación a fin de viabilizarla. Esto con el objetivo de asegurar el orden público, la integridad de quienes protesten y la de la comunidad en general”, expresó el abogado Cury.
¿Podrían prohibir la protesta si no se notifica antes?
El abogado agregó que el derecho a la protesta no es un derecho absoluto que debe de verse aislado.
Explicó que pueden chocar o contraponerse a otros derechos y que por esa razón debe de ser ponderado en cada caso particular. Por esta razón, según afirmó, si un particular o grupo no notifica previamente que va a realizar una protesta esta se puede prohibir.
“Se lo pueden prohibir. Sí, porque tú no puedes ver el derecho a la protesta como un derecho aislado absoluto. Porque también está por el otro lado que hay que ponderarlo. El derecho a la vida de los demás. El derecho al libre tránsito que se puede obstruir. Podrían entaponar avenidas y calles. O sea, entran en juego otros derechos igualmente fundamentales”, dijo el abogado.
Por otro lado, afirmó que, así como las autoridades están habilitadas para prohibir una manifestación que no se haya notificado antes, no pueden prohibir ninguna si el ciudadano o grupo en cuestión notifica previamente la realización de la misma.
“En caso de que la manifestación sea notificada previamente, ningún funcionario o entidad del Estado puede prohibir la realización de la misma”, dijo Julio Cury.
En esta misma línea de pensamiento se encuentra el abogado Manuel Sierra, quien afirma que en realidad no se está pidiendo ningún permiso, sino que solo se les hace participes a las autoridades competentes de lo que se va a realizar para así evitar una situación que pueda poner en peligro la vida o derechos fundamentales de los ciudadanos y ciudadanas.

“La constitución es clara no hay que pedir permiso, es un derecho ciudadano. De lo que se trata es solo informar a la autoridad para la seguridad de los convocantes y el orden público”, indicó Manuel Sierra.
Para justificar esto cito el artículo 22 de la Carta Magna la cual, en su ítem número 4 establece que: "Son derechos de ciudadanas y ciudadanos formular peticiones a los poderes públicos para solicitar medidas de interés público y obtener respuesta de las autoridades en el término establecido por las leyes que se dicten al respecto".
El Tribunal Constitucional se ha manifestado al respecto
El abogado Pedro Jacobo afirmó que la Constitución le garantiza a los ciudadanos el derecho a la libre manifestación y que el mismo Tribunal Constitucional (TC) ha expresado que para la realización de este derecho no se necesita de ningún permiso.

“La Constitución y el propio TC se ha manifestado al respecto, no se necesita autorización para manifestarse, pero sí se debe avisar al Interior y Policía sobre la actividad que se va a realizar para garantizar la seguridad, libre tránsito y el derecho de los no manifestantes”, explicó Jacobo.


Ricardo de la Cruz